La actual Ley de Enjuiciamiento Civil prevé la intervención profesional de las/los Trabajadoras/es Sociales como peritos en el ámbito judicial mediante la aportación de un Dictamen o Informe Pericial Social.
El Dictamen Pericial Social es una prueba más en el proceso cuyo objetivo es acercar al Juez o Jueza el estudio y la valoración de los factores sociales del caso para contribuir a la mejor resolución posible. Puede ser solicitado por el Juez o Jueza, por los abogados de las partes o por las propias partes.
Los procesos judiciales en los que se puede recurrir a un perito social son, entre otros:
- Incapacitaciones y pensiones
- Resoluciones de discapacidad y de dependencia.
- Acoso escolar, laboral o inmobiliario.
- Parejas (nulidad, separación, divorcio o parejas de hecho)
- Familia (resoluciones de acogimiento, adopción, guarda y custodia, régimen de visitas, pensiones alimenticias o compensatorias).
- Penal (responsabilidad penal, determinaciones de la pena, medidas alternativas, indultos u otros regímenes).
- Penitenciario (seguimiento de libertades vigiladas, medidas alternativas a prisión y trabajos comunitarios)
- Desahucios
- Indemnizaciones por daño producido (accidentes de tráfico, accidentes laborales, negligencias médicas o responsabilidad decenal)
- Fundamentación de indemnizaciones para la cobertura de necesidades sociales.
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